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COMERCIO BALEARES

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martes, 23 de abril de 2013
viernes, 19 de abril de 2013
LA TORMENTA LLEGA A EROSKI - LA UNIÓN POR EL TRABAJO
Tras el cambio del poder político en España en noviembre de 2011, los peores vaticinios estaban por llegar, el nuevo gobierno del P.P. inicia una senda de medidas que desencadenan una tormenta social.
Una sangrante Reforma Laboral en febrero de 2012 para modificar las condiciones laborales que abrió la caja de los truenos, al conceder un gran poder al empresariado.
Que no nos cuenten milongas, el objetivo de esta reforma no es otro que, abaratar el despido, poder bajar los sueldos e incrementar la jornada laboral.
Con el paso del tiempo vamos comprobando la gran verdad de las mentiras que nos han impuesto.
El contenido de la Reforma modifica una batería de artículos del Estatuto de los Trabajadores (E.T.). Si nos centramos en el Artículo 41, que es el gran detonante de este retroceso, para que se comprenda claramente en castellano paladino viene a decir lo siguiente:
- En una empresa sin necesidad de que haya pérdidas económicas, si existen razones probadas relacionadas con la competitividad, la productividad y la organización del trabajo; la empresa podrá aplicar a toda la plantilla una bajada de salarios hasta el salario en convenio, un aumento de la jornada y adaptar tus funciones a la base salarial que organizativamente corresponda.
- Las personas afectadas pueden rescindir su contrato con derecho a una indemnización de 20 días por cada año de antigüedad, con un tope de 9 meses.
Para poder aplicar esto, una empresa ha de establecer un período legal de consultas de 15 días con los Representantes Legales de los Trabajadores (R.L.T.).
La Dirección de Supermercados Eroski se ha acogido al contenido de este artc. 41 y nos ha convocado el día 14 de febrero para iniciar las reuniones previas a la formalidad de un acuerdo al amparo del 41. El día 22 de marzo se firmó el Acuerdo de Modificación de Condiciones Laborales.
(En anteriores entradas en este blog disponéis de una nota de cada una de la reuniones)
Cierto que nos han expropiado parte de nuestros salarios y de las mejoras alcanzadas.
Cierto que a quienes han cobrado en 2012 un salario anual de hasta 14.323 € han quedado protegidas y esto no les afecta.
Cierto que cualquier trabajador/a de Eroski Baleares puede solicitar la rescisión de su contrato aunque no le hayan absorbido cantidad alguna, con derecho a una indemnización de 20 días por año. (Plazo hasta 15 días desde que se lo notifiquen, a través jefa de tienda).
Cierto que a quienes se les absorba más del 10% pueden rescindir su contrato con 25 días por año.
Cierto que algunas tiendas Center se han reestructurado a City.
Cierto que en la nueva nómina aparece el Salario Base que establece el Convenio según Grupo Profesional.
Cierto que hay pluses en nómina como Complemento de Ajuste y Mejora Voluntaria según caso.
Cierto que el plus de antigüedad de Convenio sigue apareciendo en nómina.
Cierto que hay errores en la confección de las nuevas nóminas. (Afectadas solicitar revisión).
Cierto que en Baleares no se cerrarán 30 tiendas ni se presentará un ERE con casi 600 despidos.
Cierto que si se cierra alguna tienda, las afectadas serán reubicados.
Cierto que son 1.798 horas de trabajo anuales.
Cierto que en Baleares esta reconversión afecta a más trabajadoras que en la Península.
Cierto que en Baleares se recorta un 35% sobre la diferencia y en la Península un 100%.
Cierto que a las jubilaciones parciales esto no les afecta.
Cierto que los domingos y festivos se continúan cobrando.
Cierto que las bajas laborales se continúan cobrando desde el primer día.
Cierto que hay una garantía de indemnización en caso de despido improcedente.
Cierto que a quienes más cobraban, más se les ha recortado.
Cierto que a las Jefas y máximos jefes se les ha recortado.
Pero también es cierto que este ataque pudo haber sido devastador y vernos a todo/as con Salario Base según Convenio y sin ningún tipo de concepto añadido.
Entonces hubiéramos planteado un conflicto colectivo y.......................................
El pacto ha sido firmado por15 Representantes sindicales estatales, 15 personas, en nombre del conjunto de casi 10.000 trabajadore/as afectadas por este Convenio, como medida más humanas, con la finalidad de salvaguardar el empleo y proteger a los que menos cobran.
Los representantes de UGT que acudimos a la negociación sabíamos desde un principio que por muy bien que lo hiciéramos para alguno/as compañero/as lo haríamos mal.
TODOS UNIDOS - LA UNION POR EL TRABAJO - UGT
Una sangrante Reforma Laboral en febrero de 2012 para modificar las condiciones laborales que abrió la caja de los truenos, al conceder un gran poder al empresariado.
Que no nos cuenten milongas, el objetivo de esta reforma no es otro que, abaratar el despido, poder bajar los sueldos e incrementar la jornada laboral.
Con el paso del tiempo vamos comprobando la gran verdad de las mentiras que nos han impuesto.
El contenido de la Reforma modifica una batería de artículos del Estatuto de los Trabajadores (E.T.). Si nos centramos en el Artículo 41, que es el gran detonante de este retroceso, para que se comprenda claramente en castellano paladino viene a decir lo siguiente:
- En una empresa sin necesidad de que haya pérdidas económicas, si existen razones probadas relacionadas con la competitividad, la productividad y la organización del trabajo; la empresa podrá aplicar a toda la plantilla una bajada de salarios hasta el salario en convenio, un aumento de la jornada y adaptar tus funciones a la base salarial que organizativamente corresponda.
- Las personas afectadas pueden rescindir su contrato con derecho a una indemnización de 20 días por cada año de antigüedad, con un tope de 9 meses.
Para poder aplicar esto, una empresa ha de establecer un período legal de consultas de 15 días con los Representantes Legales de los Trabajadores (R.L.T.).
La Dirección de Supermercados Eroski se ha acogido al contenido de este artc. 41 y nos ha convocado el día 14 de febrero para iniciar las reuniones previas a la formalidad de un acuerdo al amparo del 41. El día 22 de marzo se firmó el Acuerdo de Modificación de Condiciones Laborales.
(En anteriores entradas en este blog disponéis de una nota de cada una de la reuniones)
Cierto que nos han expropiado parte de nuestros salarios y de las mejoras alcanzadas.
Cierto que a quienes han cobrado en 2012 un salario anual de hasta 14.323 € han quedado protegidas y esto no les afecta.
Cierto que cualquier trabajador/a de Eroski Baleares puede solicitar la rescisión de su contrato aunque no le hayan absorbido cantidad alguna, con derecho a una indemnización de 20 días por año. (Plazo hasta 15 días desde que se lo notifiquen, a través jefa de tienda).
Cierto que a quienes se les absorba más del 10% pueden rescindir su contrato con 25 días por año.
Cierto que algunas tiendas Center se han reestructurado a City.
Cierto que en la nueva nómina aparece el Salario Base que establece el Convenio según Grupo Profesional.
Cierto que hay pluses en nómina como Complemento de Ajuste y Mejora Voluntaria según caso.
Cierto que el plus de antigüedad de Convenio sigue apareciendo en nómina.
Cierto que hay errores en la confección de las nuevas nóminas. (Afectadas solicitar revisión).
Cierto que en Baleares no se cerrarán 30 tiendas ni se presentará un ERE con casi 600 despidos.
Cierto que si se cierra alguna tienda, las afectadas serán reubicados.
Cierto que son 1.798 horas de trabajo anuales.
Cierto que en Baleares esta reconversión afecta a más trabajadoras que en la Península.
Cierto que en Baleares se recorta un 35% sobre la diferencia y en la Península un 100%.
Cierto que a las jubilaciones parciales esto no les afecta.
Cierto que los domingos y festivos se continúan cobrando.
Cierto que las bajas laborales se continúan cobrando desde el primer día.
Cierto que hay una garantía de indemnización en caso de despido improcedente.
Cierto que a quienes más cobraban, más se les ha recortado.
Cierto que a las Jefas y máximos jefes se les ha recortado.
Pero también es cierto que este ataque pudo haber sido devastador y vernos a todo/as con Salario Base según Convenio y sin ningún tipo de concepto añadido.
Entonces hubiéramos planteado un conflicto colectivo y.......................................
El pacto ha sido firmado por15 Representantes sindicales estatales, 15 personas, en nombre del conjunto de casi 10.000 trabajadore/as afectadas por este Convenio, como medida más humanas, con la finalidad de salvaguardar el empleo y proteger a los que menos cobran.
Los representantes de UGT que acudimos a la negociación sabíamos desde un principio que por muy bien que lo hiciéramos para alguno/as compañero/as lo haríamos mal.
TODOS UNIDOS - LA UNION POR EL TRABAJO - UGT
miércoles, 17 de abril de 2013
lunes, 15 de abril de 2013
REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO ACUERDO MODIFICACIÓN SUSTANCIAL CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS SUPER EROSKI
El jueves, día 11 de abril, en Madrid, se constituyó la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo de los Supermercados Grupo Eroski, según establece el propio Acuerdo firmado el pasado 22 de marzo.
Los Sindicatos manifestamos nuestro desacuerdo de cómo se está realizando la configuración de las nuevas nóminas y los retrasos en la entrega de las mismas.
- La Dirección reconoce el error que ha supuesto, en algunos casos, el incorporar bajo concepto salarial de "Mejora Voluntaria", cantidades que deben de mantener su naturaleza de fijas y no absorbibles (Salario de Base Personal, Complemento Personal). Esa cuantía no debería de haberse incluido en ese concepto salarial y se rectificará en las próximas nóminas.
- Se aclara que el nuevo concepto de la nómina "Complemento de Ajuste" es no compensable ni absorbible y es el remanente por encima del salario de referencia en caso de verse afectado por los topes sobre el salario bruto anual fijado.
- Ante los retrasos en la entrega de las nóminas la empresa se compromete a comprobar aquellos centros o personas que todavía no tengan el documento y acelerar su entrega, y a garantizar quince días de plazo desde el día que el trabajador o la trabajadora recepcionan el escrito para poder decidir el acogerse a la extinción del contrato.
La empresa ha manifestado su voluntad de dar solución a todas las cuestiones que quedan pendientes por resolver.
Los Sindicatos manifestamos nuestro desacuerdo de cómo se está realizando la configuración de las nuevas nóminas y los retrasos en la entrega de las mismas.
- La Dirección reconoce el error que ha supuesto, en algunos casos, el incorporar bajo concepto salarial de "Mejora Voluntaria", cantidades que deben de mantener su naturaleza de fijas y no absorbibles (Salario de Base Personal, Complemento Personal). Esa cuantía no debería de haberse incluido en ese concepto salarial y se rectificará en las próximas nóminas.
- Se aclara que el nuevo concepto de la nómina "Complemento de Ajuste" es no compensable ni absorbible y es el remanente por encima del salario de referencia en caso de verse afectado por los topes sobre el salario bruto anual fijado.
- Ante los retrasos en la entrega de las nóminas la empresa se compromete a comprobar aquellos centros o personas que todavía no tengan el documento y acelerar su entrega, y a garantizar quince días de plazo desde el día que el trabajador o la trabajadora recepcionan el escrito para poder decidir el acogerse a la extinción del contrato.
La empresa ha manifestado su voluntad de dar solución a todas las cuestiones que quedan pendientes por resolver.
RATIFICADO EL CONVENIO EROSKI Y EL ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE CONDICIONES LABORALES
En la reunión celebrada el 22 de marzo de la mesa negociadora del convenio colectivo y de la modificación sustancial de condiciones que afecta al grupo de supermercados Eroski, se ratificaba el acuerdo por la unanimidad de la representación sindical. Con este acuerdo se cierra la negociación del V Convenio Colectivo del Grupo Eroski Supermercados y así mismo se cerraba el periodo de consultas con acuerdo en cuanto a la modificación de condiciones.
Un acuerdo que pone final a un proceso de negociación que se iniciaba el pasado 14 de febrero y que ha contado con la aprobación por los diferentes centros de trabajo afectados, tras la celebración de las asambleas que desde la representación sindical se desarrollaron los días pasados.
En la última reunión de la mesa negociadora se fijaban las condiciones que definitivamente se integraran en el nuevo convenio colectivo, así como las condiciones que afectaran a los trabajadores y trabajadoras afectados por la modificación sustancial y que son las siguientes:
• Reducción de las Tablas Retributivas de Supermercados en:
- 0% a Profesionales ( es decir nada se reduce de su tabla retributiva).
- 2% a Responsables.
- 5% a Mandos y Técnicos.
- 6% a Gestores.
• Eliminación de las diferencias salariales a quienes estén cobrando por encima de su salario de referencia:
- Península: Absorción del 100% de la diferencia entre la retribución efectiva y la que corresponde al puesto que se está desempeñando (salario de referencia), con un tope del 20% sobre el salario bruto anual.
- Baleares: Absorción del 35% de la diferencia entre la retribución efectiva y la que corresponde al puesto que se está desempeñando (salario de referencia), con un tope del 20% sobre el salario bruto anual.
- Península y Baleares: en ambos casos, el salario de referencia para los que desempeñen un puesto de Profesionales, será el Salario Base del Grupo de Profesionales incrementado en un 10%, esto es: 14.323€.
- Península y Baleares: conceptos salariales como la antigüedad del convenio vigente, horas especiales, pagos de domingos y festivos, pago por hijos discapacitados y plus de frío no se computan a efectos de la absorción hasta el salario de referencia. Sí computan a efectos del tope sobre el salario bruto anual.
- Península y Baleares: el salario remanente por encima del salario de referencia (en caso de verse afectado por los topes sobre el salario bruto anual) se establecerá en un concepto salarial no absorbible.
• Incremento de la jornada anual del convenio pasando a 1.798h efectivas. Ello afectará a todas las jornadas de trabajo efectivo inferiores que por cualquier causa se estén disfrutando en la actualidad (v.gr. 1720h, etc.).
• Congelación tablas salariales del convenio actual (2012).
• Inaplicación de la revisión salarial 2012.
• Vigencia Convenio Colectivo 2 años (2013-2014).
• Se reconoce la base reguladora anterior al ajuste salarial (la actual) a todos los efectos indemnizatorios durante un plazo de 24 meses, es decir durante los dos años de vigencia del convenio colectivo.
• Se acuerda que aquellos trabajadores que pudieran optar por la finalización del contrato de trabajo por considerar lesivas las nuevas condiciones, tendrán derecho a una indemnización de 24 días de salario con el tope de 12 mensualidades, siempre que tengan una afectación salarial con las nuevas condiciones de mas del 10%. Esta opción la podrán ejercitar los trabajadores hasta el 30 de abril del presente.
• No se verán afectados por estas medidas los trabajadores en situación de jubilación parcial.
• Quedan excluidos de las medidas de modificación los trabajadores de la sociedad Vegalsa.
Estos son contenidos que deberán integrarse en el convenio, que continua manteniendo el mismo redactado y alcance en materias que la empresa pretendía modificar, tales como la cobertura por IT, clasificación profesional, permisos retribuidos, o el incremento de la jornada flexible de la bolsa de horas.
En conclusión, podemos decir que finalmente, y con el esfuerzo y la responsabilidad del conjunto de los trabajadores y trabajadoras del Grupo Eroski, ha sido posible lograr este duro y difícil acuerdo, en el que ha imperado por encima de cualquier otro objetivo la defensa y el mantenimiento del empleo. Cierto es que las medidas adoptadas son duras y difíciles, sobre todo en el momento actual que vive nuestro país, pero también es cierto que una vez más los trabajadores y quienes les han representado han sabido asumir sacrificios, que serán pasajeros, y con ello garantizar el futuro de todos y todas.
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